Derecho Laboral
Teletrabajo
El Teletrabajo en Panamá: Derechos y Obligaciones Post-Pandemia
AAna Rivas
•19 de mayo de 2024
La pandemia aceleró la adopción del teletrabajo, y Panamá respondió con la Ley 126 de 2020 para regular esta modalidad. La ley establece un marco de derechos y obligaciones tanto para el empleador como para el trabajador.
### Voluntariedad y Reversibilidad
El teletrabajo debe ser voluntario para ambas partes y formalizado mediante una adenda al contrato de trabajo original. Un aspecto clave es el derecho a la reversibilidad: tanto el trabajador como el empleador pueden solicitar el regreso a la modalidad presencial, sujeto a las condiciones pactadas.
### Obligaciones del Empleador
- **Proveer Equipos y Herramientas:** El empleador es responsable de suministrar, instalar y mantener los equipos necesarios para el teletrabajo.
- **Compensar Gastos:** La ley estipula que el empleador debe compensar al trabajador por los gastos de energía e internet.
- **Derecho a la Desconexión:** Se debe respetar el tiempo de descanso del trabajador, quien no está obligado a responder comunicaciones fuera de su horario laboral.
### Derechos del Trabajador
- **Igualdad de Trato:** Los teletrabajadores gozan de los mismos derechos y beneficios que los trabajadores presenciales.
- **Privacidad:** El empleador no puede instalar software de vigilancia que invada la privacidad del trabajador o su familia.
La regulación del teletrabajo busca un equilibrio, ofreciendo flexibilidad mientras se protegen los derechos laborales fundamentales. Es esencial que las empresas desarrollen políticas claras de teletrabajo que cumplan con la ley y fomenten un ambiente de confianza y productividad.
